domingo, 18 de noviembre de 2012

El Gobierno español estudia elevar la edad de consentimiento sexual para aumentar la protección de los menores contra los abusos

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad estudia la adopción de medidas para aumentar la protección de los menores en temas relacionados con la sexualidad y el matrimonio. Desde hace meses, el ministerio dirigido por Ana Mato está barajando la posibilidad de elevar la edad de consentimiento sexual, que en España se sitúa actualmente en trece años. Esta propuesta podría incluirse dentro del Plan Nacional para la Infancia y Adolescencia 2012-2015, que el departamento de la titular de Sanidad y Asuntos Sociales tiene previsto aprobar entre finales de este año y principios del que viene, ya que España es el país europeo con el límite de consentimiento sexual más bajo de la Unión Europea. Asimismo, este plan abordará también medidas concretas para proteger a la infancia más vulnerable, así como políticas de protección a la familia y al bienestar infantil.

El ministerio puntualizó que estas medidas se vienen contemplando desde hace tiempo y que no están relacionadas con el caso de Almudena, la menor de 13 años asesinada el pasado fin de semana en la pedanía albaceteña de El Salobral a manos de su expareja, de 39 años. En relación con este caso, la ministra de Sanidad, Ana Mato, señaló el lunes que el Gobierno quiere «especialmente proteger a los menores» y «seguir trabajando para que no haya una sola posibilidad de abuso contra ellos». «Los menores tienen que tener una protección especial, en eso estamos trabajando, en la reforma del Código Penal, con el acoso contra ellos, contra la violencia que se ejerce contra las mujeres, especialmente contra las niñas, y también estamos trabajando con la Estrategia de la Infancia y la Juventud», explicó. Las mismas fuentes insisten en que la medida está sobre la mesa, pero que aún no se ha tomado una decisión al respecto, ni se ha hablado de una edad concreta para fijar dicho consentimiento sexual.

La edad más baja Naciones Unidas ya trasladó en 2007 a España su recomendación de elevar a los 15 años esta aprobación con el objetivo de proteger la infancia. Asimismo, organizaciones como Save The Children recuerdan que la mayoría de los países de nuestro entorno establecen este límite en los 16 años y que el aumento de la edad mínima serviría para evitar abusos sexuales. Y es que España, solo superada por el Estado Vaticano, que establece a los 12 la edad mínima para mantener relaciones sexuales consentidas, tiene el límite de edad más bajo de los países de la Unión Europea. Así, Alemania e Italia la sitúan en los 14 años, seguidos por Francia y Holanda a los 15; Reino Unido, Noruega y Suiza, a los 16; 17 años en Irlanda y 18 en Croacia. En 2009, el Congreso aprobó por unanimidad una iniciativa del PNV en el Congreso de los Diputados para instar al Ejecutivo de Rodríguez Zapatero a que aumentara la edad mínima para mantener relaciones sexuales consentidas, pero no fructificó.

Se entiende por mayoría de edad, los años que el ordenamiento jurídico establece para determinar la plena capacidad jurídica de la persona, y supone la madurez intelectual y física para realizar determinados actos. En casi todos los países occidentales esta edad se fija en los 18 años. Llegar a esta edad tiene como efecto la adquisición de la plena capacidad de ejercicio, la extinción de la patria potestad y de la tutela, y la adquisición del derecho a voto.
Pero el ordenamiento jurídico establece otras mayorías de edad, a partir de las cuales el menor puede hacer legalmente una serie de cosas. Así en España un menor puede: consentir relaciones sexuales a los 13 años; conducir ciclomotores a los 15; casarse a los 16 si está emancipado; con esta misma edad obtiene la mayoría sanitaria, con lo que puede pedir la píldora abortiva sin el consentimiento de los padres; aunque no quiera, está obligado a ir a la escuela hasta los 16 años, y solo entonces podrá ponerse a trabajar; también, según la ley del aborto actual con 16 años se podrá abortar sin el consentimiento de los padres ni del padre de la criatura; la mayoría de edad penal se alcanza a los 18 años, y también hasta entonces un joven no puede comprar tabaco ni consumir bebidas alcohólicas.

La “mayoría sexual” de 13 años está en el código penal desde su reforma de 1995, que la realizó el entonces ministros de Justicia socialista Alberto Belloc y en la actualidad alcalde de Zaragoza. Entonces fue aprobada por unanimidad valiéndose el PSOE de la mayoría que gozaba en el Congreso de los Diputados.   De esa forma, lo que se hizo en concreto fue despenalizar la edad a partir de la que la relación sexual de un adulto y un menor era castigada, y la dejaron en los 13 años.

Ese aspecto de la reforma no se ha aguantado durante todos estos años, y es contrario a la legislación europea, la cual siempre se cita para justificar otras iniciativas legales. Foros como el diario ForumLibertas o la asociación e-Cristians han venido alertando desde hace años que esto es una aberración y que ninguna legislación en Europa y América del Norte propone algo así. Entonces, ¿Por qué se introdujo en la legislación española a pesar de las críticas y la evidencia de la incongruencia que representa?

La responsabilidad de esta dinámica es del PSOE. Y lo es porque la reforma del Código Penal español se aprobó bajo la presidencia de Felipe González. Pero también, no cabe olvidarlo, con la quietud cuando no la indiferencia del otro gran partido político español, el Partido Popular. Esto no es un hecho aislado, sino que es una actitud habitual del PP en este y otros temas: como, por ejemplo, la actitud del ex presidente José María Aznar con la legislación sobre el aborto, la cual quedó igual que la encontró, sino peor, por el creciente número de abortos. Aznar tuvo ocho años para modificarla. Los socialistas hacen el cambio y los populares lo asumen.

La realidad es que, como ha sucedido ahora, ha de pasar un hecho dramático como el de El Salobral en Albacete para que se reaccione. La situación en la actualidad es que los padres no pueden impedir una relación de sus hijos aunque quieran. Esto provoca la indefensión de los progenitores, de hecho si un padre actúa coercitivamente el hijo lo puede denunciar penalmente por limitarle sus derechos. 

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